Condiciones de uso y política de privacidad

REGISTRO DE VERSIONES

 

Razón Social NIF Versión
CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP F01568971 V1
Acrónimo Fecha de creación
ARCD_CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP 24/04/2024
DESCRIPCIÓN
El presente documento se elabora para establecer las condiciones de uso del Canal de Denuncias, así como proporcional la correspondiente información relativa a la Política de Privacidad y al tratamiento de datos personales como informante.

01.     OBJETO

CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP, pone a disposición de todos los interesados con acceso al Canal Interno de Información de la compañía, la presente información sobre el uso del canal por su parte.

Esta información será necesariamente aceptada por el usuario del Canal en el registro de la comunicación a través de una casilla de aceptación que tendrá que marcar para que el registro quede oportunamente creado.

En el caso de que la comunicación no se efectúe a través de la plataforma GlobalSuite® Canal de Comunicaciones, y el comunicante opte por cualquier otra vía de acceso al Responsable del Sistema Interno de Información, será este quien se responsabilice de recoger la aceptación de esta condiciones de uso e incorporarlas al expediente de electrónico de la comunicación.

02.  ¿QUÉ PRINCIPIOS GENERALES RIGEN EL FUNCIONAMIENTO DEL CANAL INTERNO DE INFORMACIÓN?

Los principios generales que rigen el canal interno de información son los principios que rigen el Sistema interno de Información y que están definidos en el apartado 4 de la Política del Sistema de Información de CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP.

03.     ¿QUÉ SE PUEDE COMUNICAR O DENUNCIAR?

Son susceptibles de ser denunciados todos aquellos hecho o actos que el comunicante pudiera considerar contrarios a la normativa aplicable y cualquier otra irregularidad que se pueda observar contraria a principios legales o normativos.

04.     ¿QUIÉN PUEDE EFECTUAR UNA COMUNICACIÓN?

Cualquier persona (ya sea, empleados, clientes, proveedores, personal en prácticas, etc.) de CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP, podrá dirigir consultas o comunicaciones relativas a posibles irregularidades a través del canal interno de comunicación.

El registro se podrá efectuar de forma nominativa o anónima.

05.     ¿QUIÉN VA A ATENDER EL REGISTRO DE LA COMUNICACIÓN?

El Responsable del Sistema interno de información será quien atienda la comunicación efectuada.

06.  ¿CÓMO SE PUEDE REALIZAR UNA COMUNICACIÓN RELACIONADA CON CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP?

CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP, pone a disposición de sus interesados el uso de la aplicación GlobalSuite® Canal de Comunicaciones para efectuar la comunicación que se considere oportuna.

No obstante, a lo anterior, CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP, pone a disposición de los interesados la posibilidad de una atención personal con carácter general.

En cualquiera de los casos en los que la comunicación se efectúe de forma verbal, el informante quedará informado y deberá otorgar su consentimiento, dado que dicha conversación será grabada en cumplimiento de la Ley 2/23 de 20 de febrero reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

07.  ¿QUÉ PROCEDIMIENTO SIGUE AL REGISTRO DE UNA COMUNICACIÓN POR UN DENUNCIANTE?

7.1 REGISTRO DE LA COMUNICACIÓN

Toda comunicación deberá contener, como mínimo, los datos solicitados en el formulario de registro (una vez elegida la opción de comunicación anónima o nominativa) así como los hechos denunciados, concretando, en la medida de lo posible, la infracción presuntamente cometida, así como todas las evidencias que se puedan aportar como material probatorio respecto a los hechos objetos de comunicación.

7.2.       COMUNICACIÓN PRESENCIAL

Si la forma de comunicación elegida es presencial, mediante la asistencia a una reunión, el Responsable del Sistema indicará fecha y hora en el plazo de 7 días naturales desde su solicitud. Esta solicitud se realizará necesariamente por escrito por parte del informante y deberá indicar sus datos identificativos, así como una dirección de correo para poder fijar una fecha para la citada reunión. Asimismo, es preciso destacar que la conversación será transcrita mediante acta, y se ofrecerá al informante la posibilidad de comprobar, rectificar y aceptar mediante su firma, dicha transcripción.

7.3.       ACUSE DE RECIBO

En el plazo de 7 días naturales desde el día siguiente a la recepción, el Responsable del Sistema acusará recibo de la comunicación al informante, salvo que con ello se pueda poner en peligro la confidencialidad de la comunicación.

7.4.       PRINCIPIO DE PRUEBA

Toda persona que formule una comunicación deberá tener indicios racionales que sustenten la misma, por lo que su comunicación deberá ir acompañada por un principio de prueba que acredite los hechos, al menos indiciariamente.

Será considerado un principio de prueba válido cualquier material probatorio permitido en Derecho, preferiblemente en soporte documental, aunque también serán admisibles pruebas testificales, incluido el testimonio del propio informante e instrumentos de reproducción de palabras, imágenes y sonidos. En todo caso, cualquier prueba deberá haber sido obtenida por el informante de forma lícita, es decir, con respeto a la ley y los derechos y las garantías constitucionales.

7.5.       ADMISIÓN A TRÁMITE

Las comunicaciones sólo serán admitidas a trámite en el supuesto de que cumplan con el procedimiento establecido

7.6.       SUBSANACIÓN DE DEFECTOS

En caso de que se hubiera incurrido en un defecto subsanable al formular la comunicación, el Responsable Interno del Sistema comunicará al informante la necesidad de subsanar el/los defectos en un plazo de diez (10) días hábiles, a partir del día siguiente de la comunicación. Se advertirá al informante, que, en caso de no proceder a la subsanación en el plazo previsto de tres meses, se podría proceder al archivo de la comunicación por no contar con la información suficiente para tramitación de la misma.

7.7.       ARCHIVO

Si la comunicación no cumpliera con lo establecido en estas condiciones, por el motivo que fuera, o bien si no se hubiera procedido a la subsanación de los defectos advertidos en la comunicación en el plazo legalmente establecido para su gestión, se podría proceder al archivo de ésta.

7.8.       APERTURA DE EXPEDIENTE

Si la comunicación es admitida a trámite, deberá llevarse a cabo cuantas actuaciones resulten oportunas y practicarse las pruebas que se estimen necesarias para el debido esclarecimiento y determinación de los hechos.

El plazo para la tramitación del expediente no podrá exceder de tres meses a contar desde la fecha de su apertura.

7.9.       NOTIFICACIÓN A LA OERSONA O PERSONAS DENUNCIADAS

En caso de que la comunicación conllevase conductas identificadas como presuntamente irregulares, las personas afectadas serán debidamente informadas de ello por parte del responsable del sistema, lo antes posible y siempre que ello no obstaculice la investigación. La notificación que se dirija a la persona o personas que pudieran haber llevado a cabo conductas irregulares, no incluirá los datos del informante, caso de haberlos proporcionado éste.

08.  ¿CÓMO TRATA CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP, LOS DATOS PERSONALES DE LAS PERSONAS AFECTADAS POR UNA COMUNICACIÓN?

La formulación de una comunicación supone el tratamiento de datos personales de las personas vinculadas a la misma. CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP, trata los datos personales en virtud de la siguiente POLÍTICA DE PRIVACIDAD.

Protección de Datos de Carácter Personal

Identidad: CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP. NIF: F01568971

Domicílio: BLAS DE OTERO 33,01010 VITORIA-GASTEIZ(ALAVA)

Correo electrónico: rgpd@arabarren.eus

Finalidad:

La gestión y tramitación de las comunicaciones de los presuntos incumplimientos de la legislación, de la normativa interna y de los compromisos asumidos voluntariamente por la organización.

Cumplimiento de una obligación legal conforme lo exigido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Conservación de los datos:

Los datos personales proporcionados a través del canal de comunicación, se conservarán sólo durante el tiempo estrictamente necesario para decidir el inicio de investigaciones y, en todo caso, suprimiéndose del canal de comunicación alcanzados los tres meses, salvo que la conservación tuviera por finalidad dejar evidencia del funcionamiento del modelo de prevención de la comisión de delitos por la persona jurídica, en cuyo caso, los datos podrán seguir siendo tratados por el órgano al que corresponda la investigación de los hechos denunciados.

Asimismo, las comunicaciones a las que no se hayan dado curso solamente constarán de forma anonimizada.

Los datos podrán ser comunicados a organismos judiciales o administraciones con competencia en la materia.

Legitimación:

La base legal para el tratamiento de sus datos proviene de lo establecido en el artículo 6.1.c) del RGPD, se realiza con el objetivo de dar cumplimiento a una obligación legal, según lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Los datos sólo podrán ser utilizados para los fines expuestos en el apartado Finalidad, de acuerdo con los principios de licitud, lealtad y transparencia; delimitación de la finalidad; proporcionalidad y minimización; limitación del plazo de conservación; y exactitud.

Derechos:

Cualquier persona tiene derecho a obtener confirmación sobre si se tratan datos personales que le concierne, y en tal caso, derecho de acceso a sus datos personales, a los fines del tratamiento, y a las categorías de datos personales de que se trate.

Asimismo, tendrá derecho a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando:

  • los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos;
  • se haya retirado el consentimiento en el que se basa el tratamiento o se oponga al tratamiento;
  • los datos personales se hayan tratado de manera ilícita; o
  • deban suprimirse para el cumplimiento de una obligación legal establecida en el derecho de la Unión o de los Estados

Podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos cuando,

impugne la exactitud de los datos personales durante el plazo que permita al responsable verificar la exactitud de los mismos:

 

  • el tratamiento sea ilícito y el interesado se oponga a la supresión de los datos personales y solicite en su lugar la limitación de su uso;
  • el responsable y/o el encargado ya no necesite los datos personales para los fines del tratamiento, pero el interesado los necesite para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones; o
  • el interesado se haya opuesto al tratamiento, mientras se verifica si los motivos legítimos del responsable prevalecen sobre los del

En tales casos, únicamente se conservarán los datos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.

En determinadas circunstancias y por motivos relacionados con su situación particular, usted podrá oponerse al tratamiento de sus datos.

 

Tendrá derecho a recibir los datos personales que le incumban, y que haya facilitado, en un formato estructurado, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento sin que lo impida el responsable y/o el encargado al que se los hubiera facilitado, cuando, el tratamiento este basado en el consentimiento; o el tratamiento se efectúe por medios automatizados.

Ejercicio de derechos:

Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, o considera que sus datos personales no han sido tratados conforme a la normativa vigente, deberán comunicarlo por correo electrónico a la dirección a rgpd@arabarren.eus.

Asimismo, podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, especialmente cuando no haya obtenido la satisfacción en el ejercicio de sus derechos, a través de la sede electrónica en www.aepd.es.

Procedencia:

Los datos personales tratados por CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP, proceden del propio interesado o de terceros interesados con arreglo a lo expresado anteriormente.

Acceso:

El acceso a los datos contenidos en el canal de comunicación quedará limitado exclusivamente a quienes, incardinados o no en el seno de la entidad, desarrollen las funciones de control interno y de cumplimiento, o a los encargados del tratamiento que eventualmente se designen a tal efecto. No obstante, será lícito su acceso por otras personas, o incluso su comunicación a terceros, cuando resulte necesario para la adopción de medidas disciplinarias o para la tramitación de los procedimientos judiciales que, en su caso, procedan.

Sin perjuicio de la notificación a la autoridad competente de hechos constitutivos de ilícito penal o administrativo, y únicamente cuando pudiera proceder la adopción de medidas disciplinarias contra un trabajador, dicho acceso se permitirá al personal con funciones de gestión y control de recursos humanos.

Medidas de seguridad:

CENTRO DE CUIDADOS ARABARREN S. COOP, aplica y mantiene medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado en el tratamiento de los datos personales.